A menos que seas informal o estés pensando en meterte en problemas con las autoridades, cualquier empresa en Perú debe cumplir con el pago de impuestos. En general la tasa de estos puede variar dependiendo del régimen tributario elegido, aunque hay algunos que son considerados en todas las empresas. En este artículo nos centraremos en estos, que en realidad vendrían siendo dos únicamente, de manera que estés consciente del gasto que implicaría crear una empresa y estar más preparado para ello.
Impuesto General a las Ventas (IGV)
El IGV es de los impuestos que más ingresos le trae al Estado peruano. Grava aplicando una tasa del 18% (16% al IGV y 2% del impuesto de Promoción Municipal) respecto a la venta de bienes y servicios realizadas por las empresas. A su vez estas mismas están obligadas a su pago por las compras que realicen.
Se mantiene igual sin importar el régimen tributario.
Impuesto a la Renta para empresas o de Tercera Categoría
- En el caso del Régimen Especial de Renta (RER), las personas jurídicas o con negocios no están obligadas a presentar declaraciones anuales. Por tanto solo se presentan mensuales, que en el caso del impuesto a la renta es de 1.5% sobre sus ingresos netos.
- Para el caso del régimen MYPE tributario, creado para las micro y pequeñas empresas, el impuesto a la renta dependerá del monto de ingresos que se esté obteniendo. En caso de que supere los 300 UIT (Unidad Impositiva Tributaria) o S/ 1,380,000.00, el pago será solo del 1% de los ingresos netos mensuales. En caso se supere esta cantidad, ahora se tendría que pagar 1.5% o el que resulte mayor de aplicar el coeficiente.
Cabe resaltar que en este caso ya es necesario realizar la declaración jurada anual, en el cual se permite descontar los gastos de los ingresos, de forma que se paga el impuesto sobre la utilidad final del año. En este caso, varía dependiendo del tramo de ganancia. Si fue de hasta 15 UIT o S/ 69,000.00, la tasa sobre utilidad será del 10%. Si es mayor a esta cantidad, será de 29.5% sobre la utilidad.
- Finalmente se tiene el Régimen General de Renta. Similar al MYPE, el impuesto será el que resulte mayor de aplicar el coeficiente o de 1.5% sobre los ingresos netos mensuales. Similar al MYPE, al final del año la Declaración Jurada Anual permite el pago sobre la utilidad. La tasa es de 29.5%.
Como adicional, en el caso del Nuevo Régimen Simplificado (NRUS), se debe realizar únicamente un pago mensual, en el cual se considerarán los ingresos y compras. Aún así esto solo aplica para personas naturales y negocios.
En general existen muchos impuestos más dependiendo del sector al que te dediques, pero se podría decir que estos dos son los principales o que aplican a cualquier empresa sin importar su rubro. Espero que este artículo te haya sido de ayuda y puedas empezar con tu empresa o negocio sin ningún problema.